Prevenir las lesiones y proteger la salud de todos los trabajadores y las trabajadoras del transporte es una de las principales misiones de la ITF. No tener acceso a retretes y lavabos dignos es un problema grave para quienes trabajan en el transporte, sobre todo para las mujeres, y es extremadamente perjudicial para su salud, dignidad y seguridad en el trabajo. La ITF considera que tener acceso a servicios sanitarios es un derecho laboral, además de un derecho humano.
Para afrontar este problema, la ITF lanzó, en noviembre de 2019, la Carta por el derecho de los trabajadores y las trabajadoras del transporte al saneamiento. Desde entonces, la ITF colabora con sus organizaciones afiliadas en el desarrollo de una campaña a favor del acceso sin restricciones de todo el personal del transporte a instalaciones sanitarias dignas.
Las campañas que utilizaron la carta ya cosecharon numerosos éxitos. La ITF elaboró el presente kit de herramientas para ayudar a las afiliadas a implementar las reivindicaciones de la carta.
El kit de herramientas contiene diversos recursos relacionados con los derechos de saneamiento. Incluye la Carta por el derecho de los trabajadores y las trabajadoras del transporte al saneamiento, información sobre los riesgos para la salud, listas de control para negociadores, modelos de encuestas y de lenguaje que pueden incluir los contratos, historias de éxito, videos, fotos, material gráfico y mucho más.
La ITF continuará desarrollando estas herramientas a medida que se desarrolle la campaña.
El texto completo de la carta, que establece las demandas a los organismos internacionales, los Gobiernos y los empleadores, puede consultarse aquí.
Para facilitar la consulta, las siguientes secciones de la carta se presentan como documentos separados:
El derecho al saneamiento en la legislación internacional
Guía para negociadores sindicales
La prevención de la propagación del COVID-19 entre los trabajadores y trabajadoras y en la comunidad en general, a través de una higiene efectiva, plantea una nueva situación apremiante para los trabajadores y trabajadoras del transporte, los sindicatos, los empleadores y los Gobiernos.
A medida que más países imponen el confinamiento, algunos ejemplos de los riesgos a los que se exponen los trabajadores y trabajadoras del transporte son:
En consonancia con los principios de la Carta de la ITF por los derechos de los trabajadores y las trabajadoras al saneamiento publicada oficialmente en el Día Mundial del Retrete 2019, la ITF ha identificado áreas clave en las que se requiere que los empleadores, los Gobiernos y los inversores en proyectos de transporte tomen medidas concretas en relación con el COVID-19 y el acceso del personal del transporte a instalaciones sanitarias.
Empleadores, las medidas urgentes necesarias incluyen:
Gobiernos, las medidas urgentes necesarias incluyen:
Inversores en proyectos de transporte, las medidas urgentes necesarias incluyen:
Información adicional:
Carta de la ITF por el derecho de los trabajadores y las trabajadoras del transporte al saneamiento: http://tiny.cc/ybz4mz
Las normas de la OIT y el COVID-19: http://tiny.cc/j0y4mz
Organización Mundial de la Salud: Water, sanitation, hygiene and waste management for COVID-19 [Gestión de agua, saneamiento, higiene y residuos para el COVID-19]: http://tiny.cc/wvy4mz
Los efectos de la falta de acceso sobre la salud pueden ser graves. La carta incluye información sobre las consecuencias para la salud (no es una lista exhaustiva).
Otras fuentes de información:
La carta por el derecho al saneamiento incluye un resumen de las leyes internacionales sobre los derechos al saneamiento.
Estas fuentes incluyen: los convenios internacionales y las interpretaciones autorizadas por los órganos de tratados, las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, los informes y directrices de los expertos independientes/relatores especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, las declaraciones políticas internacionales, los convenios de la OIT (incluidos los relativos a diferentes sectores), las recomendaciones de la OIT y los repertorios de prácticas y directrices sectoriales pertinentes de la OIT.
Para más información sobre las leyes y normas nacionales pertinentes en su país, póngase en contacto con el organismo gubernamental correspondiente, por ejemplo, el Ministerio de Trabajo o la autoridad responsable de salud y seguridad.
Sentencias judiciales relevantes:
En el juicio entre Union Incorporated y Tantex Holdings Pty Ltd (2020), la FCA 12 dictaminó que los trabajadores (en este caso, los de restaurantes) tienen el derecho legal, dentro de lo razonable, de hacer pausas para ir al baño o beber agua aparte de las pausas autorizadas por el convenio laboral.
Sí, visite nuestra página de Recursos para obtener modelos de cuestionarios y formularios.
Utilice esta herramienta para calcular los tiempos de pausa necesarios para acceder al baño, en función de la distancia y otros parámetros que usted establezca.
La calculadora utiliza el tiempo estimado de la velocidad al caminar empleada en el Manual de Dispositivos Uniformes de Control de Tráfico (MUTCD). Para proporcionar una estimación genérica del tiempo que se emplea, utiliza incrementos de 125 pies, sin añadir tiempos para paradas específicas.
Para ayudarle a calcular la distancia que hay hasta el baño, algunos países y ciudades indican dónde hay baños públicos disponibles. Por ejemplo:
La carta por el derecho al saneamiento incluye una lista de control del empleador con los requisitos que deberían cumplir unas instalaciones sanitarias dignas para el personal del transporte —que forma parte de las reivindicaciones de la carta—. Puede ver la lista de control para los negociadores y más recursos en nuestra página de Investigaciones.
Sí, a continuación exponemos algunos ejemplos:
Extracto de un modelo de convenio colectivo sobre acceso a las instalaciones sanitarias para los conductores de transporte por carretera (Unite the Union, Reino Unido):
Se reconoce de forma general que los conductores profesionales padecen un grave problema de falta de acceso a instalaciones sanitarias adecuadas. Para remediarlo, (**nombre de la empresa**) y Unite suscriben el siguiente acuerdo.
Este acuerdo pretende garantizar que no haya distinción entre los empleados de (**nombre de la empresa**) y cualquier trabajador visitante, a la hora de acceder a las instalaciones sanitarias de nuestros centros. Mediante este acuerdo, la empresa y Unite reconocen que el acceso a baños y espacios de aseo y descanso es un derecho básico disponible para todos y para todas. Todas las partes tienen la responsabilidad de respetar las instalaciones proporcionadas y procurar que estén debidamente cuidadas.
Este acuerdo confirma que cualquier chofer visitante tiene acceso a las mismas instalaciones que nuestra plantilla principal.
BAÑOS
Los conductores visitantes tendrán acceso a los baños disponibles en la actualidad para el personal de base, a menos que en el edificio haya instalaciones, bien mantenidas, designadas específicamente para el uso de los y las choferes de camiones. Deberá haber disponibles baños para hombres, para mujeres y neutros.
ASEO
Como norma mínima, se dispondrá de agua caliente y fría (o templada), así como de jabón, para garantizar la higiene. Si se dispone de duchas, incluidas las que son para uso del personal de oficina, también estarán disponibles para los y las choferes.
MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
La empresa se compromete a garantizar el mantenimiento de las instalaciones, a limpiarlas y a reabastecerlas regularmente. Se investigará cualquier caso de uso indebido de las instalaciones y, si se identifica a algún conductor como responsable, se tomarán las medidas oportunas, que podrían incluir la denegación de su acceso a las instalaciones en el futuro. Sin embargo, esto sólo se hará cuando haya pruebas claras de un uso indebido por parte de una persona.
Extractos del Informe de las Academias Nacionales de Ciencias, Ingeniería y Medicina (EE. UU.)
Más abajo encontrará ejemplos de cláusulas para un acuerdo sobre el acceso a los aseos del transporte urbano.
Fuente: Adaptado del Apéndice 5 del informe “Improving the Safety, Health, and Productivity of Transit Operators Through Adequate Restroom Access” [Mejora de la seguridad, la salud y la productividad de los operadores de transporte público mediante el acceso a baños adecuados] (2020)
Acceso
La Empresa velará por que haya baños disponibles en cada línea de autobús, que estén disponibles en todos los turnos. Antes de dejar sin vigilancia su autobús para hacer uso de dichas instalaciones, los empleados deberán respetar la política de la Compañía. TA (la autoridad de transporte público) se compromete a proporcionar instalaciones sanitarias adecuadas en cada línea para uso de sus empleados y a proporcionar un lugar adecuado para que los empleados obtengan agua fría. TA proporcionará una lista actualizada con la ubicación de dichas instalaciones. TA proporcionará una lista actualizada con la ubicación de dichas instalaciones. TA también proporcionará una zona de descanso en un lugar accesible de la estación ferroviaria, siempre que sea factible. Se instalarán baños en todas las líneas, siempre que sea posible. Se garantizará el mantenimiento de las instalaciones sanitarias en el lugar de trabajo con jabón, toallas, papel higiénico y lavabos, suministrados por la Compañía.
Una carta de entendimiento establece que la gerencia hará todo lo posible para garantizar el acceso a las instalaciones sanitarias establecidas. El empleador proporcionará instalaciones sanitarias adecuadas en el establecimiento laboral. Se designarán instalaciones sanitarias adecuadas al final de cada ruta o cerca de ella. Si un operador se ve obligado a desviarse de la ruta para poder utilizar un aseo designado, podrá hacerlo. El empleado deberá contactar con el CCT (centro de control de tráfico) a través de la radio del autobús antes de abandonar la ruta asignada, para avisar del desvío. Si el CCT no contesta antes de que el empleado llegue a la parada de descanso necesaria, el empleado deberá volver a llamarles al volver al autobús.
[Legislación estadounidense] La sección 1.9A se redactará como sigue: Las Autoridades acuerdan continuar proporcionando unas condiciones laborales adecuadas, garantizando la limpieza, la seguridad y el saneamiento, de conformidad con las normas de la legislación aplicable. Las Autoridades reconocen que hay deficiencias en la provisión de instalaciones sanitarias adecuadas y accesibles para las mujeres operadoras que trabajaban en todo el sistema. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la ejecución del presente Acuerdo, las partes se reunirán para formalizar un proceso de identificación de dichas deficiencias y proporcionar dichas instalaciones donde sean necesarias. Bajo ninguna circunstancia las deficiencias identificadas se extenderán más allá de seis (6) meses desde la ejecución de este Acuerdo.
El Distrito suministrará uno o más baños legales en cada línea, que estarán disponibles en todo momento mientras operen los autobuses en esa línea. El Distrito reconoce la conveniencia de ubicar los baños en los extremos exteriores de la línea. La Comisión se esforzará por proporcionar instalaciones de aseo adecuadas y gratuitas para los empleados en sus respectivas líneas en las que tengan operadores de servicio. Habrá aseos claramente designados para las mujeres y los hombres conductores. Todos los horarios del Distrito incorporarán un tiempo de recuperación o de escala de cinco (5) minutos dentro de cada (1) hora de funcionamiento. Debido a las condiciones del tráfico, los fallos mecánicos y otras razones relacionadas, no se puede garantizar un tiempo de recuperación de cinco (5) minutos. Todos los operadores se esforzarán por cumplir sus horarios en todo momento. Los operadores dispondrán de un tiempo razonable remunerado para ir al baño o estirar el cuerpo. La Comisión se esforzará por proporcionar aseos adecuados en las respectivas líneas de autobuses para los operadores en servicio. Los baños públicos se situarán en lugares convenientes en todas las líneas y Metro se encargará de velar por que se mantengan en condiciones higiénicas. Este requisito no puede ser satisfecho mediante instalaciones portátiles. Los operadores que trabajan en líneas en las que en la actualidad no se cumple este requisito podrán detenerse en la ruta y utilizar las instalaciones sanitarias con la debida notificación al centro de control de operaciones.
Horarios y tiempos de descanso
Todos los viajes se programarán de manera que el operador del autobús disponga de un tiempo de descanso razonable al final de la línea. Se incluirá un tiempo de escala al final de cada ruta. Metro Transit elaborará sus horarios de manera que un mínimo del noventa y cuatro por ciento (94 %) de los viajes en todo el sistema cuenten con un tiempo mínimo de recuperación de al menos el quince por ciento (15 %) del tiempo productivo y de al menos siete (7) minutos con las siguientes excepciones.
Las partes acuerdan establecer un comité que se reunirá periódicamente para revisar y estudiar cuestiones relacionadas con los tiempos de recuperación en las terminales, con el objetivo de revisar la idoneidad de los horarios existentes. Se entiende que no se liberará ningún tiempo adicional para la labor este comité.
Todos los horarios del Distrito incorporarán un tiempo de recuperación o de escala de cinco (5) minutos dentro de cada (1) hora de funcionamiento. Debido a las condiciones del tráfico, los fallos mecánicos y otras razones relacionadas, no se puede garantizar un tiempo de recuperación de cinco (5) minutos. Todos los operadores se esforzarán por cumplir sus horarios en todo momento. Los operadores dispondrán de un tiempo razonable remunerado para ir al baño o estirar el cuerpo. La Agencia elaborará sus horarios de manera que los operadores dispongan de un tiempo de escala en ambos extremos de cada línea, en la medida de lo posible, pero debe haber una escala en un extremo de la ruta. Se garantizará una escala mínima de cinco (5) minutos en cada extremo de la línea, en cada viaje de ida y vuelta. La escala mínima programada en cada viaje de ida y vuelta será de diez (10) minutos, excepto en los viajes de salida de la cochera y de retorno a esta. Los viajes de ida y vuelta con escalas programadas en ambos extremos cumplirán el requisito de diez (10) minutos de escala mínima con cinco (5) minutos de recuperación en un extremo y cinco (5) minutos en el otro.
Aportación de los trabajadores
Se creará un “Comité de Tiempo de Servicio” como subcomité de gestión laboral. El Comité de Tiempo de Servicio supervisará la actualización anual de los tiempos de servicio en todo el sistema, mediante la que recopilarán datos para presentar recomendaciones por escrito sobre las rutas que necesitan ser mejoradas para que los operadores y operadoras tengan un tiempo razonable en las pausas para ir al baño o para estirar el cuerpo. Estas recomendaciones escritas se someterán a la consideración del Comité de Gestión Laboral y de la División de Planificación de Servicios.
Se establecerá un grupo de trabajo bajo el Comité Sindical de Gestión, que informará a través de éste de acuerdo con sus términos de referencia, para revisar las cuestiones que generen preocupación y las situaciones en las que no se cumple aún el derecho a tener acceso mínimo a los baños 1 hora después del inicio del servicio y 1 hora antes de su finalización. Las recomendaciones del comité se presentarán a través del Comité Sindical de Gestión. Se suministrarán fondos que no excederán los 30 000 USD (menos el coste de la implementación del acceso mediante un dispositivo electrónico en D&R) durante la vigencia del presente convenio colectivo, con el fin de implementar los cambios recomendados.
Inspecciones, actualizaciones y mantenimiento
El Empleador mantendrá todas las instalaciones y equipos en condiciones laborales seguras, saludables y razonables, y los mantendrá en condiciones higiénicas. Los empleados cooperarán cumpliendo las sencillas normas de limpieza.
La Comisión publicará cada tres meses un listado actualizado de las instalaciones sanitarias. Además, la Comisión se esforzará por publicar una lista actualizada de los aseos, cuando se produzcan cambios en el servicio que afecten a la ubicación de estos.
Los baños públicos, así como agua potable fría, se situarán en lugares convenientes en todas las líneas y Metro se encargará de velar por que se mantengan en condiciones higiénicas.
NOTA: Este no es un modelo de acuerdo. Solo es una lista de ejemplos de cláusulas que podrían incluirse o modificarse para un acuerdo entre un sindicato afiliado y un empleador de transporte. Algunas de las cláusulas se refieren a los organismos estadounidenses responsables de transporte, como la Comisión o el Distrito. Los nombres de los organismos responsables variarán en función de los acuerdos locales.
El C190 considera el saneamiento como parte del mundo del trabajo.
“El presente Convenio se aplica a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo... b) en los lugares donde se paga al trabajador, donde éste toma su descanso o donde come, o en los que utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios” (artículo 3)
El C190 exige que los empleadores y Gobiernos identifiquen aquellas modalidades de trabajo que aumentan el riesgo de padecer violencia y acoso.
“Todo Miembro deberá adoptar medidas apropiadas para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, en particular:
a) reconocer la importante función de las autoridades públicas en el caso de los trabajadores de la economía informal;
b) identificar, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores concernidas y por otros medios, los sectores u ocupaciones y las modalidades de trabajo en los que los trabajadores y otras personas concernidas están más expuestos a la violencia y el acoso, y
c) adoptar medidas para proteger de manera eficaz a dichas personas” (artículo 8)
El C190 exige a los empleadores y los Gobiernos tomar medidas para identificar los peligros y riesgos en el mundo del trabajo y para prevenirlos.
“Todo Miembro deberá adoptar una legislación que exija a los empleadores tomar medidas apropiadas y acordes con su grado de control para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género [...]:
a) adoptar y aplicar, en consulta con los trabajadores y sus representantes, una política del lugar de trabajo relativa a la violencia y el acoso;
b) tener en cuenta la violencia y el acoso, así como los riesgos psicosociales asociados, en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo;
c) identificar los peligros y evaluar los riesgos de violencia y acoso, con participación de los trabajadores y sus representantes, y adoptar medidas para prevenir y controlar dichos peligros y riesgos, y
d) proporcionar a los trabajadores y otras personas concernidas, en forma accesible, según proceda, información y capacitación acerca de los peligros y riesgos de violencia y acoso identificados, y sobre las medidas de prevención y protección correspondientes, inclusive sobre los derechos y responsabilidades de los trabajadores y otras personas concernidas [...]” (artículo 9)
La R206 estipula que las evaluaciones de riesgos deberían tener en cuenta los factores que aumentan las probabilidades de violencia y acoso.
“En la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo que se menciona en el artículo 9, c), del Convenio se deberían tener en cuenta los factores que aumentan las probabilidades de violencia y acoso, incluyendo los peligros y riesgos psicosociales. Debería prestarse especial atención a los peligros y riesgos que:
se deriven de las condiciones y modalidades de trabajo, la organización del trabajo y de la gestión de los recursos humanos, según proceda;
c) se deriven de la discriminación, el abuso de las relaciones de poder y las normas de género, culturales y sociales que fomentan la violencia y el acoso” (párrafo 8)
Estos recursos sirven para apoyar a las organizaciones afiliadas en sus campañas por la ratificación e implementación del Convenio 190 de la OIT:
Kit de herramientas para formadores: un recurso conjunto de las federaciones sindicales mundiales.
El Libro de actividades (disponible en francés, español e inglés).
El Guía para las facilitadoras y los facilitadores (disponible en francés, español e inglés)
Sí, visite nuestra página de Campañas para ver información sobre otras campañas, además de nuestra lista de control para las campañas.